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Faltan 6 estados por legalizar unión gay
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Faltan 6 estados por legalizar unión gay

TEXTO Y FOTO: EL UNIVERSAL

CIUDAD DE MÉXICO.- Actualmente, 26 de las 32 entidades federativas del país consideran en su legislación el matrimonio igualitario, es decir, la unión entre dos personas sin importar sus preferencias sexuales, mientras que en los seis estados restantes las parejas del mismo sexo pueden casarse, pero antes deben obtener un amparo judicial, señala un estudio del Instituto Belisario Domínguez (IBD) del Senado de la República.

 

Las entidades donde son legales los matrimonios entre dos personas del mismo sexo son: Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Coahuila, Colima, Chiapas, Chihuahua, Ciudad de México, Guanajuato, Hidalgo, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tlaxcala, Yucatán y Zacatecas.

 

En cambio, los estados que aún no los legalizan son Durango, Guerrero, Estado de México, Tabasco, Tamaulipas y Veracruz.

 

El estudio elaborado por la Dirección General de Análisis Legis- lativo del IBD, La regulación del matrimonio civil entre personas del mismo sexo en México, de la investigadora Irma Kánter Coronel, destaca que en 19 entidades ha sido posible el reconocimiento explícito del matrimonio igualitario, gracias a reformas legislativas sustentadas en sentencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que han ratificado el derecho de las personas del mismo sexo a contraer matrimonio y a la adopción.

 

La capital del país ha sido pionera en el reconocimiento de este derecho, primero en 1998 con la aprobación de la Ley de Sociedad de Convivencia del entonces Distrito Federal, y en 2009 al aprobar reformas al Código Civil para reconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo, al definirlo como la “unión libre entre dos personas”.

 

El documento del IBD sostiene que mientras en algunas localidades “se goza de un amplio abanico de derechos, en otras se siguen imponiendo restricciones al ejercicio de derechos por razón de la orientación sexual”.