
Fotografía y Texto: Franco Valdez
ZACATECAS, ZAC.- De acuerdo con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), cuando el trabajador titular de la cuenta Afore fallece, sus recursos se heredan a sus beneficiarios y ellos pueden disponer de este dinero.
Según la institución, quienes pueden cobrarlo son la viuda, o el viudo, si este último dependió económicamente de la trabajadora.
Los hijos menores de 16 años (o mayores de 16 si no puede mantenerse por su propio trabajo o están estudiando hasta los 25 años).
Los padres (si vivían en el hogar del trabajador).
A falta del cónyuge, la concubina o concubino, si este último dependió económicamente de la trabajadora.
A partir del primero de enero de 2021, derivado de la Reforma a la Ley del Seguro Social, los beneficiarios designados expresamente por el titular de la Cuenta Individual ya no tendrán que llevar a cabo un juicio para tener derecho a la disposición de los recursos, anteriormente se hacía.
El principal requisito es tener derecho a una pensión por parte del IMSS o bien, haber sido designado beneficiario expresamente por el titular en su Afore.
Pasos para realizar el trámite
De ser beneficiario legal se debe acudir a la Subdelegación del IMSS para que se emita la resolución de pensión correspondiente.
Posteriormente, acudir a la Afore en la que se encontraba registrado el trabajador fallecido con los documentos que acrediten a la persona como beneficiario y llenar el formato de Disposición de Recursos que se proporcionará.
Después de la solicitud, la Afore pondrá a disposición del beneficiario los recursos en una sola exhibición correspondientes al régimen pensionario.
ISSSTE
En el caso del ISSSTE, los beneficiarios son los mismos, no obstante, se requieren los siguientes documentos:
Identificación oficial del beneficiario.
Comprobante de domicilio con antigüedad no mayor de 3 meses.
Estado de cuenta, consulta, resumen o certificación de saldos o contrato de administración de fondos para el retiro firmado con la Afore del trabajador fallecido.
Estado de cuenta bancario a tu nombre con número de Clave Bancaria Estandarizada.
La lista completa de documentos, que varían de acuerdo a la situación de cada persona, se encuentra completa en el sitio web del Consar, al que se puede acceder con el siguiente enlace: https://www.gob.mx/consar/articulos/retiro-por-beneficiarios-issste?state=draft.