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Se mantienen derechos de los jubilados: SCJN
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Se mantienen derechos de los jubilados: SCJN

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LA NOTA ZACATECAS
CIUDAD DE MÉXICO.- En una sesión trascendental para el sistema de seguridad social en Zacatecas, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió un fallo que equilibra la sostenibilidad financiera del estado con el respeto a los derechos adquiridos de los trabajadores.

​El recorte al aguinaldo: legal, pero no para todos

​El Alto Tribunal validó la reforma al artículo 74 de la Ley del Issstezac, la cual reduce el pago de aguinaldo para pensionados de 60 a 30 días. Los ministros determinaron que esta medida es «razonable y no arbitraria», argumentando que busca proteger la viabilidad financiera del Instituto a largo plazo.

​Sin embargo, la Corte impuso una limitante fundamental: la retroactividad.

​Nuevos pensionados: Recibirán 30 días de aguinaldo conforme a la nueva ley.

​Pensionados actuales: Mantendrán sus beneficios previos, ya que la ley no puede aplicarse en perjuicio de quienes ya tenían el derecho reconocido antes de la reforma.

​En una decisión que protege la certeza jurídica de los derechohabientes, la SCJN invalidó los artículos 128 y 128 bis. Dichos artículos pretendían condicionar el pago de prestaciones a la «capacidad financiera» o a la «reserva técnica» del Instituto.

​La Corte fue enfática al señalar que no es constitucional que el cumplimiento de las obligaciones de seguridad social dependa de factores financieros indeterminados. Dejar las prestaciones a merced de la disponibilidad presupuestaria generaría un riesgo desproporcional para los trabajadores.

​»No se puede hacer depender el acceso a la seguridad social de la salud financiera del Instituto», sostuvo el tribunal durante la resolución de la Acción de Inconstitucionalidad 149/2024.