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Voto a la mujer en México
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Voto a la mujer en México

El 17 de octubre se conmemoró el 68 aniversario del voto a la mujer en México, ello significa reconocimiento a la igualdad en la participación política, es decir, que cada mujer decida libremente participar en la vida política-electoral, para votar y ocupar cargos de representación pública, derecho que en principio solo era ejercido por hombres.

 

Las mujeres mexicanas acudieron por primera vez a las urnas para elegir a diputados federales de la XLII Legislatura, luego de que Adolfo Ruiz Cortines, entonces presidente de México, promulgó el 17 de octubre de 1953 las reformas constitucionales para que las mexicanas gozaran de la ciudadanía plena. Sin embargo, fue hasta el 3 de julio de 1955, hace 66 años, cuando las mujeres en México sufragaron por primera vez en una elección federal.

 

En el transcurso de estos años del sufragio femenino, tenemos una lista de mujeres dignas y brillantes que han alcanzado escaños en los congresos federales y estatales, diputadas, senadoras, jefas de gobierno, titulares de poderes ejecutivos en los estados y procuradoras, sin embargo aún hay un largo camino por hacer.

 

El Estado mexicano enfrenta grandes retos, entre ellos internacionales, para cumplir compromisos sobre los derechos humanos de las mujeres, particularmente en lo que se refiere a: atender, prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y niñas, como por ejemplo, el garantizar la participación de las mujeres en los procesos político-electorales.

 

El derecho a una vida libre de violencia ha sido reconocido y legislado en todas las entidades federativas. En abril de 2020, entró en vigor el decreto de reforma a seis leyes generales y dos federales sobre violencia política contra las mujeres en razón de género (VPMG) en México, la reforma fue producto de un inmenso y arduo trabajo que dio como resultado reconocer por primera vez como delito las conductas que tienen por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos políticos y electorales de una o varias mujeres.

 

Pocos países han logrado tipificar esta modalidad de violencia, el primero en hacerlo fue Bolivia, tras la muerte de la Concejala Juana Quispe, quien denunció amenazas y presiones para que renunciara al cargo. El caso de Juana como el de muchas otras mujeres nos deja ver lo importante que es proteger el derecho de las mujeres a tener igualdad de acceso a las funciones públicas de su país y a participar en los asuntos públicos, tal y como lo establece la Convención de Belém do Pará.

 

A un año de la reforma en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género, la fase de implementación ha permitido identificar áreas de oportunidad como también retos importantes que afrontar para determinar las medidas más efectivas para la protección de los derechos políticos y electorales de las mujeres mexicanas. Por ejemplo, uno de los criterios adoptados recientemente por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) atiende a que no toda violencia política contra las mujeres es competencia de las autoridades electorales, solo son de competencia electoral cuando se involucren derechos político-electorales.

 

La violencia política contra las mujeres por razón de género es reprochable, se necesita de urgentes acciones por parte de todas las autoridades del estado Mexicano, para hacer efectiva la reforma en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género y garantizar el principio de paridad en el ejercicio de los derechos políticos y electores en contextos libres de violencia.

 

Es bien sabido que en la medida en que un país respete y promueva los derechos humanos de sus habitantes, en esa medida estaremos conociendo de ese país su progreso y desarrollo democrático y económico.